A partir del 1-1-2015 no se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo cuya cuantía no supere el importe anual establecido en el cuadro siguiente en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente:
Situación del contribuyente | Nº de hijos y otros descendientes | ||
0 - Euros | 1 - Euros | 2 o más - Euros | |
1. Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente | - | 14.266 | 15.803 |
2. Contribuyente cuyo cónyuge no obtenga rentas superiores a 1.500 euros anuales, excluidas las exentas | 13.696 | 14.985 | 17.138 |
3. Otras situaciones | 12.000 | 12.607 | 13.275 |