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CASOS DE EXITO



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Caso de éxito de Lladó Grup Consultor, el juzgado de primera instancia número 3 de Badalona declara la nulidad de la compra de participaciones preferentes de Caixa Catalunya y condena su sucesora Catalunya Banc S.A. a devolver el dinero a los clientes con sus intereses legales.

La Sentencia de 23 de febrero de 2015 dictada por el Juzgado de Primera Instancia numero 3 de Badalona, ha estimado la demanda interpuesta por unos clientes minoristas, asistidos del letrado de nuestro despacho Joan Lladó Chimenis, contra Catalunya Banc S.A. La sentencia aprecia que los clientes sufrieron error en la prestación de su consentimiento en la suscripción de las órdenes de compra de las participaciones preferentes, derivado de la carencia de información por parte de la entidad. Al tratarse de un producto complejo, la entidad tenía la obligación de informar en detalle a los clientes, de manera clara y comprensible, de las características del producto y de sus riesgos. En este caso, los clientes eran un matrimonio que no tenía ningún conocimiento financiero y que sólo había contratado hasta entonces depósitos a plazo y se los comercializó las participaciones preferentes sin tener en cuenta su perfil conservador, sin practicarlos el test de conveniencia obligatorio y sin informarlos del riesgo de perder sus ahorros en que incurrían si contrataban el producto. El clientes subscribieron las participaciones preferentes ante la confianza que entonces se los merecían los empleados de la entidad y pensando que contrataban un producto similar a un depósito a plazo. La sentencia declara que tratándose de un producto complejo y siendo los demandantes unos clientes minoristas, es necesario un plus de información que no tuvo lugar y por eso procede decretar la nulidad de las órdenes de compra de las participaciones preferentes y condena Catalunya Banc S.A. a devolver el importe satisfecho por la compra de las participaciones preferentes, descontando el importe que ya se recuperó con el canje por acciones y posterior venta de estas al Fondo de Garantía de Depósitos y añadiendo los intereses legales desde la fecha de la suscripción. Así mismo, la Sentencia hace expresa condena de las costas del procedimiento a la entidad demandada.

Los juzgados y tribunales nos están dando la razón de manera mayoritaria en defensa de los pequeños ahorrativos que vieron atrapados sus ahorros en participaciones preferentes y deuda subordinada comercializados de manera masiva por las entidades bancarias. Por eso, desde Lladó Grup Consultor recomendamos reclamar judicialmente –y más ahora que se han suprimido las tasas- para obtener la devolución del dinero. Consúltenos sin compromiso y nuestros abogados especialistas en derecho bancario valorarán su caso.

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