Imagen del despacho
caes
©

BLOG



Comparteix

Divorcio de mutuo acuerdo

1 de agosto 2014

El divorcio de mutuo acuerdo es un procedimiento amistoso que se inicia con la presentación de la demanda ante el Juzgado de Primera Instancia y que debe presentarse por Abogado y Procurador, pudiendo ser los mismos para ambos cónyuges. Conjuntamente con la demanda de divorcio debe presentarse diversos documentos exigidos por la Ley, entre los que se encuentra el Convenio Regulador de Divorcio, que debe firmarse por ambos cónyuges. El Convenio Regulador de Divorcio debe contener los siguientes extremos: a)      La disolución del vínculo matrimonial. b)      El uso de la vivienda y ajuar familiar. c)       Patria potestad, guardia y custodia y régimen de visitas de los hijos. d)      Pensión de alimentos a favor de los hijos. e)      Pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges como consecuencia del desequilibrio económico que, en su caso, pueda derivase del divorcio. En caso que los cónyuges tengan hijos, en Catalunya debe elaborarse un Plan de Parentalidad en el que debe concretarse la forma en que ambos progenitores ejercen las responsabilidades parentales. Debe hacerse constar los compromisos que asumen respecto a la guarda, el cuidado y la educación de los niños. Admitida por el Juzgado la solicitud de declaración de divorcio, se cita a las partes para que comparezcan en el Juzgado para ratificar, por separado, su petición y el Convenio Regulador. El Juez dictará Sentencia estimando la demanda de divorcio, declarando disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los cónyuges y aprobando la propuesta de Convenio Regulador de Divorcio, pudiendo, en su caso, denegar alguno de los acuerdos del citado Convenio Regulador mediante resolución motivada, en cuyo caso los cónyuges deberían someter a la consideración del Juez una nueva propuesta. Le recordamos que LLADÓ GRUP CONSULTOR puede asesorarle y ocuparse de este procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo, así como  del procedimiento contencioso de divorcio en que los cónyuges no se ponen de acuerdo y uno de ellos solicita el divorcio sin el consentimiento del otro. Carlos Lugo Villacampa Advocat – Col·legiat ICAB 32.060 

Flecha para desplegar
Política de Cookies Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarlo publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Para obtener más información pulse aquí