Imagen del despacho
caes
©

BLOG



Comparteix

CONTRATACIÓN LABORAL – BONIFICACIONES Y REDUCCIONES

24 de octubre 2014

Los empresarios que celebren contratos indefinidos pueden acceder, cuando reúnan los requisitos exigidos, a bonificaciones y reducciones en la cotización.

 

Bonificaciones. La Ley 43/2006, de 29 de diciembre, establece en su programa de fomento de empleo bonificaciones a la contratación indefinida de los siguientes colectivos especialmente protegidos:

 

    - Trabajadores con discapacidad.

    - Víctimas de violencia de género o de violencia doméstica.

    - Víctimas del terrorismo.

    - Trabajadores en situación de exclusión social.

 

Reducciones. La Ley 11/2013, de 26 de julio, establece, desde el 24 de febrero de 2013 y hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%, reducciones en la cuota a la Seguridad Social en los siguientes supuestos:

 

    - Contratación indefinida de jóvenes por microempresas y autónomos.

    - Contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.

 

El Real Decreto-ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida también prevé una reducción temporal de las cotizaciones sociales a través del establecimiento de una tarifa plana reducida de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes.

 

Si tiene intención de realizar nuevas contrataciones consúltenos para conocer las bonificaciones y reducciones de las que puede beneficiarse su empresa.

Flecha para desplegar
Política de Cookies Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarlo publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación.
Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Para obtener más información pulse aquí